La CSJN dejó sin efecto la cláusula penal establecida en una compraventa de inmueble rural

En una demanda por cumplimiento de un contrato de compraventa de inmueble rural, la Corte Suprema anuló la sentencia que admitió la procedencia de la cláusula penal equivalente a U$D 2.000 diarios por cada día de demora de la vendedora en la obtención de la aprobación del plano de mensura y reparcelamiento. Para la Corte, el tribunal omitió expedirse sobre la naturaleza, contenido, extensión de la obligación e intención de las partes, lo que afectó garantías constitucionales y convirtió en arbitrario el pronunciamiento.

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