DENEGACIÓN DE SECUESTRO: INSUFICIENCIA PROBATORIA EN CONTRATO DE LEASING

La Sala F de la Cámara Nacional Comercial, aborda la apelación de una actora respecto a la negativa de su solicitud de secuestro de máquinas, entregadas en el contexto de un contrato de leasing. Dicha solicitud se fundamentó en los artículos 195 y 230 del Código Procesal Civil y Comercial, argumentando la prevención de daños y la deuda pendiente de cánones locativos por parte de la demandada. Si bien la medida cautelar de secuestro actúa como un complemento del embargo y busca garantizar la sentencia del juicio, la actora no estableció claramente que la medida asegurara el resultado de una acción principal. Esta omisión fue determinante. Para reclamar bienes y cobros adeudados, es vital un proceso detallado que aclare el negocio con la parte demandada. Las pruebas presentadas no proporcionaron una idea clara del “fumus bonus iuris”, y las divergencias en las versiones de los hechos entre las partes complicaron el análisis. Dada la contraposición de relatos y la insuficiencia en la interpretación, se ratificó la decisión original.

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