La CSJN define la competencia en caso de “Fraude Bancario” que  afecta al Banco de la Nación Argentina

Un cliente del Banco Nación  descubrió que su tarjeta de débito había sido bloqueada sin su consentimiento, junto con la realización de extracciones y transferencias no autorizadas de su caja de ahorro. Este descubrimiento desató una compleja batalla legal sobre qué fuero debía considerarse competente para tratar el caso: si el provincial o el federal.

Inicialmente, la justicia provincial se declaró incompetente, argumentando que el Banco de la Nación Argentina, como entidad autárquica nacional, se encontraba bajo la jurisdicción de un fuero de excepción. Este argumento se basó en la premisa de que las operaciones fraudulentas se ejecutaron dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fuera de su ámbito territorial. Por otro lado, la justicia federal también se declaró incompetente, sosteniendo que los hechos denunciados tenían una naturaleza particular y destacando que el domicilio del denunciante estaba en una provincia, lo que, según interpretaron, los excluía de su competencia.

La resolución de esta contienda de competencia llegó a manos de la Corte Suprema, que estableció criterios claros para determinar la competencia en casos similares. La Corte argumentó que no era aplicable el fuero de excepción, ya que las acciones investigadas no implicaban directamente intereses federales que justificaran su intervención. En cuanto a la competencia territorial, la Corte enfatizó que deberían considerarse tanto el lugar de la comisión del engaño como el de la efectiva disposición patrimonial indebida para determinar la competencia.

La decisión final de la Corte fue asignar la competencia a la justicia ordinaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Este fallo se fundamentó en criterios de economía procesal y en el hecho de que tanto las extracciones indebidas como el destino de las transferencias fraudulentas se ubicaron dentro de esta jurisdicción. Este caso resalta la importancia de una adecuada determinación de la competencia judicial, asegurando así que las víctimas de fraude bancario puedan acceder a la justicia de manera efectiva y en el foro adecuado.

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