La Sala Colegiada de la Cámara Penal de Segunda Nominación de Catamarca, condenó a pena de prisión a un acusado por la tenencia y difusión de material de explotación sexual de menores de edad, algunas de ellas con menos de 13 años. El imputado había enviado, según su declaración, “por error”, videos de contenido ilícito a un grupo de WhatsApp de su facultad. Este acto fue inmediatamente denunciado por dos de sus compañeras, lo que dio inicio a la investigación judicial.
La sentencia, tras el análisis de las pruebas presentadas y el reconocimiento de culpabilidad por parte del acusado, determinó que existían elementos suficientes para confirmar la responsabilidad del imputado en los hechos. Durante la audiencia final, se transcribieron las palabras del acusado, en las cuales reconoció su participación en los delitos y expresó su arrepentimiento. Además, valoró la actitud de sus compañeras por haber denunciado el hecho, lo que contribuyó a que la justicia pudiera actuar.
El tribunal, al dictar la sentencia, subrayó la gravedad de los delitos relacionados con la explotación sexual de menores, destacando la necesidad de una respuesta punitiva adecuada para proteger a las víctimas y disuadir la comisión de estos crímenes.