En el caso “H. N. M. c/ G G A s/ DESPIDO”, el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo n° 2 del DJN, aborda el despido de N M H, empleada en un establecimiento comercial. El despido se justificó oportunamente por un incidente violento ocurrido el 27 de agosto de 2022, cuando la actora fue agredida física y verbalmente por su pareja en presencia de sus hijos fuera del establecimiento comercial, durante su horario laboral. La demandada alegó que este incidente afectó la operación normal del negocio y justificó el despido con causa de H.
El Tribunal en su decisión justificó la aplicación de perspectiva de género, considerando que la actora era víctima de violencia doméstica recurrente que influía en su conducta laboral. Se determinó que los hechos de violencia y las reacciones de la actora no constituían una injuria laboral suficiente para justificar un despido con causa, ya que reflejaban una situación de vulnerabilidad personal enraizada en una dinámica de violencia de género.
Finalmente, el Tribunal concluyó que el despido fue injustificado y discriminatorio, ordenando a la demandada a pagar compensaciones por antigüedad, preaviso, y daño moral, destacando la necesidad de proteger a los empleados en contextos de vulnerabilidad y de no perpetuar estereotipos de género que puedan agravar la discriminación y la violencia contra las mujeres en el ámbito laboral. Evidentemente la sentencia enfatiza la importancia de un enfoque de género también en el ámbito laboral, para garantizar la protección y la justicia adecuada en casos de intersección entre la violencia doméstica y las relaciones laborales.
- SENTENCIA NO FIRME
- SEGUIR LEYENDO