GENTILEZA ERREIUS.- 29 de Marzo
Ahora el proyecto, que impactará en quienes brinden servicios al exterior, pasará a Senadores para su sanción definitiva.
La Cámara de Diputados debatió ayer martes el proyecto de Régimen Simplificado y Cambiario para Pequeños Contribuyentes Tecnológicos, también conocido como Mono-Tech, que apunta a que trabajadores monotributistas del rubro tecnológico puedan facturar y cobrar en moneda extranjera los trabajos que realizan para el extranjero.
Con 111 votos positivos, 11 negativos y 85 abstenciones, el proyecto obtuvo media sanción.
La iniciativa tiene por objeto fomentar la exportación de conocimiento y talento argentino, así como también brindar un marco normativo a los sujetos que realicen “e-Sports” o deportes electrónicos, creando un “Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes Tecnológicos” (“Mono-Tech”) y un “Régimen Cambiario para Pequeños Contribuyentes Tecnológicos”.
A principios de febrero, el oficialismo logró dictamen de mayoría en la comisión de Presupuesto y Hacienda. En aquella oportunidad, el secretario de la comisión, el diputado del Frente de Todos, Marcelo Casaretto, explicó que la iniciativa implica “un cambio en las condiciones impositivas y en el régimen cambiario para los exportadores de servicios tecnológicos al exterior por hasta 30.000 dólares”, y añadió que “que permite coexistir con el actual régimen de monotributo, y que posibilitaría la exportación de servicios de este tipo”.
El interbloque de Juntos por el Cambio indicó no apoyará la iniciativa porque “la decisión del Ejecutivo nacional es legislar sobre situaciones excepcionales sobre este problema tan fuerte generado en la Argentina; y esto puede ser bueno pero genera desequilibrios, en lugar de mirar los problemas de la brecha cambiaria. Por encima de la norma general se le da beneficios por sectores”. Así, piden debatir una reforma integral del régimen de monotributo.
Qué es el monotributo tech: los puntos del proyecto
El proyecto, que fue enviado por el Poder Ejecutivo, crea un monotributo tecnológico (monotech) para los profesionales que facturan sus servicios basados en el conocimiento y para quienes “participen en competencias de e-sports (nivel profesional)”.
Exceptúa a los sujetos de la obligación de liquidar en el Mercado Libre de Cambios (MLC) las divisas percibidas por las actividades alcanzadas por la iniciativa. De esta manera, aquellos adheridos al “Mono-Tech” deberán depositar las sumas obtenidas en una Cuenta Especial en moneda extranjera, en los términos que establezca el Banco Central de la República Argentina para su operatividad.
En el artículo 1° especifica qué actividades estarán incluidas, y menciona que deben tratarse de actividades desarrolladas en el país cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior.
También quedan comprendidos en este nuevo Régimen Simplificado los ingresos derivados por el ejercicio de “e- Sports” o deportes electrónicos, entendiendo por tales a las competiciones organizadas a nivel profesional, multijugador y de diferentes disciplinas de videojuegos con acceso desde diferentes dispositivos y plataformas de forma online u offline, contemplando así el tratamiento tributario integral de dichas prestaciones.
Se aclara que las mencionadas actividades podrán incluirse en el “Mono-Tech” siempre y cuando originen ingresos brutos cuyo cobro provenga del exterior, debiéndose cumplir con el requisito dispuesto en el “Régimen Cambiario para Pequeños Contribuyentes Tecnológicos”.
El siguiente artículo establece que “los ingresos brutos devengados por tales conceptos en los doce meses calendario inmediatos anteriores a la fecha de adhesión al mono tech deberán ser “inferiores o iguales” al equivalente a 30 mil dólares. Igual condición se deberá cumplir para permanecer en el mono tech con relación a la suma de tales ingresos brutos devengados en los últimos doce meses inmediatos anteriores a la obtención de cada nuevo ingreso bruto, incluido este último”, menciona.
Categorías
El mono tech tendrá cuatro categorías. Las primeras tres son para quienes no estén además adheridos al monotributo “local”. La primera incluirá aquellos contribuyentes que exporten por hasta u$s10.000 anuales (unos u$s833 por mes). La categoría 2 contemplará a quienes facturen hasta u$s20.000 por año (1.666 dólares por mes). Por último, la categoría más alta será la que tenga habilitada hasta una facturación anual de u$s30.000, es decir 2.500 dólares por mes.
El monto mensual que pagará cada categoría del mono tech tiene su “equivalencia” en las escalas del monotributo doméstico. Para la categoría 1, la que factura hasta u$s10.000 anuales, tendrá que pagar el equivalente al tributo integrado (sin contar aportes al SIPA o de obra social) de la escala D, que desde enero abona $9.245,06 por mes.
Para la segunda categoría, con tope de u$s20.000 por año, deberá pagar el monto integrado de los inscriptos a la F, que tras la última actualización pasó a ser de $15.712 mensuales. Por último, quienes queden contemplados en la categoría 3 abonarán el equivalente a la escala H, que según la AFIP es de $31.347.
Para los casos de contribuyentes que se anoten en el mono tech pero que estén también bajo el monotributo local, el tributo integrado que pagará cada una de las tres categorías deberá sumarse el impuesto integrado de la categoría H, es decir, de $20.460, salvo que su inscripción sea en escalas más altas como la I, J o K, que tienen montos más altos.
Además, va a ser “compatible con el Régimen General (IVA, Ganancias y Autónomos), y empleados en relación de dependencia, siempre que la inscripción en estos sea por desarrollar una actividad diferente a la que alcanza el monotributo tech”, según detalla la información oficial.