El régimen de flagrancia y las medidas de seguridad

Los doctores Dante Pinotti y Robertino Giordano analizan los casos donde el juez penal puede imponer una medida de seguridad (art. 34.1, CP) en el marco del procedimiento de flagrancia, como así también si el principio acusatorio -que caracteriza este régimen procesal- puede generar alguna exigencia adicional para su eventual aplicación.

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