Era sólo su padre de crianza

La Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal declaró nula una resolución administrativa que había impuesto una multa por violación del artículo 55, párrafo 2º, de la Ley 25.871, en la que se establece sanciones para quienes contraten a extranjeros sin residencia regular en el país.

En este caso, la Cámara fundamentó su decisión en la falta de pruebas que acreditaran la existencia de una relación de dependencia o locación de servicios entre la demandante y el ciudadano extranjero con residencia irregular. La actora sostuvo que el extranjero era su “padre de crianza” y no su empleado, lo cual fue aceptado por el tribunal. El acta de constatación, que debía demostrar la infracción, no aportó pruebas suficientes para corroborar una relación laboral, lo que llevó a la nulidad de la sanción impuesta.

El artículo 55 de la Ley 25.871 sanciona la contratación irregular de extranjeros, pero en este caso no se pudo demostrar la infracción atribuida, debido a la imposibilidad de contar con pruebas contundentes para aplicar sanciones bajo esta normativa.

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