La Suprema Corte de Justicia aborda un fallo en relación con un caso de amparo donde se solicitaba mantener la afiliación a una obra social después de la jubilación. La Sala III de la Cámara Civil y Comercial Federal había rechazado la petición de la reclamante, quien buscaba seguir afiliada a la Obra Social del Personal del Automóvil Club Argentino en las mismas condiciones que tenía antes de jubilarse.
Sin embargo, la Corte revocó esta decisión.
El Tribunal Superior consideró que la Cámara había basado su decisión en una remisión superficial a los fundamentos de un caso anterior, sin examinar adecuadamente las particularidades del caso en cuestión. En el caso citado por la sentencia, la peticionaria había solicitado su alta en el PAMI tras jubilarse y se afilió a una empresa de medicina prepaga, aceptando esa situación por más de un año antes de reclamar. Sin embargo, en el caso actual, la reclamante no se había afiliado al PAMI ni a otra entidad de salud, y no había pruebas de que hubiera aceptado su desafiliación de la obra social.
En consecuencia, la Corte determinó que la Cámara se había apartado de los hechos específicos del caso y no había brindado una fundamentación adecuada, lo que vulneraba el derecho constitucional de defensa de la reclamante.