En una resolución reciente, la Cámara Laboral de Santa Fe ha tomado una firme postura contra la discriminación en el ámbito laboral, sentando un precedente significativo en la defensa de los derechos de los trabajadores. En el núcleo del litigio estaba la situación de un empleado a quien se le había negado una modificación razonable en su horario laboral, una solicitud hecha por prescripción médica debido a su estado de salud mental.
En su revisión del caso, la Cámara Laboral de Santa Fe modificó parcialmente la decisión inicial, calificando el despido del trabajador como una acción discriminatoria. Este dictamen surgió después de considerar que la negativa del empleador a ajustar la jornada laboral estaba, de hecho, forzando al trabajador a asumir las consecuencias laborales derivadas de su condición de salud mental.
Es relevante subrayar que esta sentencia va en línea con el principio fundamental del derecho laboral que busca proteger la dignidad del trabajador. Se reconoce, así, que la salud mental es una dimensión crucial que debe ser preservada y protegida por los empleadores, evitando acciones que pongan en riesgo el bienestar psicológico de los trabajadores.
En este contexto, la Cámara pone especial énfasis en la preservación de la dignidad del individuo, situándola como un interés especialmente protegido. Este aspecto no solo apunta a garantizar condiciones laborales justas y equitativas sino también a fomentar entornos laborales saludables y respetuosos de la integridad psicofísica de los empleados.