La Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió la Opinión consultiva nro. 29 sobre enfoques diferenciados respecto de determinados grupos de personas privadas de la libertad

La Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió la Opinión Consultiva Nro. 29 en la que realizó consideraciones generales sobre la necesidad de adoptar medidas o enfoques diferenciados respecto de determinados grupos de personas privadas de la libertad entre las que mencionó expresamente :

A) mujeres embarazadas, en período de parto, post parto y lactancia, así como a cuidadoras principales;

B) niños y niñas que viven en centros de detención con sus madres o cuidadores principales;

C) personas LGBTI;

D) personas pertenecientes a los pueblos indígenas, y

E) personas mayores.

La Corte realizó consideraciones generales sobre:

A) el respeto a la dignidad humana como principio general del trato debido a las personas privadas de libertad y condiciones de privación de libertad;

B) la prohibición y prevención de la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes;

C) la finalidad del régimen de ejecución de la pena en la Convención Americana;

D) el control judicial de la ejecución de la pena; E) el derecho a la igualdad y no discriminación, enfoque diferenciado e interseccionalidad;

F) el acceso a
servicios básicos para una vida digna en prisión y se identificaron las obligaciones internacionales respecto de los derechos a la salud, alimentación adecuada y agua potable durante la privación de libertad;

G) sobrepoblación generalizada y hacinamiento;

H) la gestión
penitenciaria, e

I) contexto ocasionado por la pandemia de la enfermedad denominada COVID19 y afectaciones particulares a determinados grupos en el sistema penitenciario.

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